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Noticias Argentinas difundió que el Gobierno puso en marcha una segunda etapa del Sistema de Retiro Voluntario de la Dirección Nacional de Vialidad (DNV), destinada a personal de planta permanente y agentes contratados por tiempo indeterminado, mediante la Resolución 1220/2026 publicada este lunes en el Boletín Oficial.
La medida da continuidad al proceso iniciado mediante la Resolución 118/2026, en cuya primera etapa se registraron 609 adhesiones, frente a una estimación inicial de 900 agentes.
En los fundamentos de la normativa, el Ejecutivo señaló que el esquema busca continuar con la adecuación de la dotación del organismo en el marco de las políticas de reforma del Estado. Según el texto oficial, el mecanismo “asegura y promueve la razonabilidad operativa y el uso eficiente de los recursos públicos, así como el establecimiento de una dotación acorde con las necesidades funcionales del organismo”.
Podrán adherirse a esta segunda etapa los trabajadores de la DNV pertenecientes a la planta permanente o contratados por tiempo indeterminado que tengan una antigüedad superior a un año.
La normativa establece una serie de exclusiones. No podrán ingresar quienes estén procesados o condenados por delitos contra la administración pública, se encuentren involucrados en procedimientos disciplinarios, hayan iniciado su trámite jubilatorio o presentado la renuncia, tengan litigios laborales pendientes —salvo que desistan expresamente de ellos— o estén alcanzados por otras restricciones contempladas en el régimen.
Para los trabajadores con mandatos sindicales vigentes, la adhesión estará condicionada a la renuncia al cargo y a la tutela sindical. Quienes sean aceptados deberán suscribir un acuerdo de desvinculación y no podrán volver a ingresar ni prestar servicios en el Estado Nacional durante un período de cinco años.
El régimen contempla distintas alternativas para calcular la gratificación extraordinaria de egreso. La base será el haber bruto remunerativo correspondiente al mes anterior a la entrada en vigencia del reglamento.
La primera opción establece el pago del 90% de un haber de egreso por cada año de antigüedad, o fracción superior a tres meses, con un máximo computable de 24 años. La segunda prevé un 85% por cada año de antigüedad, también con un tope de 24 años, más un monto en concepto de “cobertura asistencial” equivalente a 12 meses de aportes y contribuciones de obra social, calculados al 9% sobre el mes anterior al cese.
La tercera alternativa está destinada exclusivamente al personal de 64 años o más que no cuente con los aportes necesarios para jubilarse. En esos casos se aplicará el cálculo previsto en la primera opción, aunque con un máximo de 12 años de antigüedad.
El beneficio será independiente de la liquidación final correspondiente al cese de la relación laboral, que incluirá el proporcional del Sueldo Anual Complementario (SAC) y las vacaciones no gozadas.
La cantidad de cuotas dependerá del monto de la gratificación. Cuando el total sea de hasta $10 millones, se pagará de una sola vez. Si supera esa cifra pero es inferior a $20 millones, se abonará en tres cuotas mensuales, iguales y consecutivas. Para montos de entre $20 millones y $30 millones se establecieron cinco cuotas, mientras que las sumas superiores a $30 millones se cancelarán en ocho pagos mensuales.
La primera cuota, o el pago único cuando corresponda, será acreditada en la cuenta sueldo del trabajador dentro del quinto día hábil administrativo del mes siguiente a la firma del acuerdo de desvinculación.